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Lista ponencia de 16 curules para víctimas

Dar el primer debate al proyecto que crea las dieciséis curules de paz propone el senador Roy Barreras, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), en la ponencia que ya está lista para su primer debate en la Comisión Primera del Senado.

La iniciativa expresa que de conformidad con lo establecido en el proyecto de acto legislativo de la comisión accidental, se establece la posibilidad de que la postulación de candidatos la hagan organizaciones de víctimas, defensoras de víctimas, organizaciones sujeto de reparación colectiva, organizaciones campesinas y sociales, incluyendo las de las mujeres, y grupos significativos de ciudadanos que hayan sido creadas antes del 1 de diciembre de 2016 y cuenten con acreditación del trabajo con y/o a favor de víctimas del conflicto armado.

 

Señala que para acceder a la curul, una persona debe tener la condición de víctima de acuerdo con el Registro Único de Víctimas (RUV), el cual se encuentra a cargo de la Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas (Uariv). La condición de víctima individual se acreditará según certificación expedida por la Uariv.  

Dicha acreditación deberá contar con el aval del funcionario competente a nivel municipal y en representación de las siguientes entidades: Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y mesa municipal de víctimas.

Los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos veinte años, no podrán presentarse como candidatos a las Circunscripciones Territoriales, Transitorias y Especiales para las Víctimas del Conflicto Armado.

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES

Para la elección de los representantes de estas circunscripciones solo podrán participar los ciudadanos en ejercicio inscritos en el Registro Nacional de la Uariv.

Se establece que por razones de orden público, el Presidente de la República podrá suspender la elección en cualquiera de los puestos de votación dentro de las dieciséis circunscripciones transitorias de paz de las que trata el acto legislativo, previo concepto del sistema de alertas tempranas por parte de la Defensoría, la Procuraduría, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Colombia. Una vez suspendidas se deberá proceder de conformidad con la regulación legal vigente.

En cada una de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz se elegirá un representante a la Cámara. Las listas tendrán voto preferente y estarán integradas por dos candidatos (un hombre y una mujer) que deberán acreditar su condición de víctimas del conflicto. Para efectos del proceso de elección, la curul se adjudicará al candidato más votado dentro de la lista que obtenga el mayor número de votos dentro de la respectiva circunscripción, en la que solo podrán participar los ciudadanos en ejercicio, inscritos en el registro de la Uariv.

En 2022, la votación de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz se hará en tarjeta separada de las que corresponden a las circunscripciones ordinarias para la Cámara de Representantes.

La primera elección de las circunscripciones especiales de paz se hará en dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del acto legislativo.

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