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Las razones por las que Santrich fue trasladado a una sede de la Conferencia Episcopal

El traslado de Seuxis Pausias Hernández Solarte también conocido como ‘Jesús Santrich’ a la fundación pastoral Caminos de Libertad ha generado sospechas en el país. Según las autoridades, el traslado se dio por una solicitud de la ONU que buscaba garantizar el bienestar del capturado.

Santrich es un reo cobijado por una condición especial: fue negociador en el proceso de paz entre el Gobierno y la extinta guerrilla de las Farc y fue uno de los impulsores del acuerdo firmado con esa organización. Además, cuando anunció su huelga de hambre, algunos miembros de la organización que aún se encuentran encarcelados siguieron sus pasos lo que implica que Santrich es un miembro importante del hoy partido político.

De hecho, el anuncio de su solicitud de extradición dio como resultado el rechazo de Luciano Marín Arango, también conocido como Iván Márquez, a la curul resultado del acuerdo de paz y su traslado a la zona de Miravalle en el Cauca.

El gobierno estaría buscando la manera de bajar la presión que existe sobre el Acuerdo de paz, pues de hacer efectiva la extradición de Jesús Santrich, se afectaría la seguridad que sienten los excombatientes frente al pacto firmado con el Gobierno Nacional. Por ahora Santrich se encuentra en una huelga de hambre desde el pasado 9 de abril cuando fue anunciada su captura con fines de extradición a EE. UU. por conspirar el envío de 10 toneladas de cocaína a ese país.

“Estamos actuando en el marco de lo permitido. Nosotros tenemos dos solicitudes de la ONU y la Conferencia Episcopal donde se pedía el traslado del señor Santrich a dónde se encuentra. Nosotros tuvimos en cuenta las condiciones de seguridad para que no se diera una fuga”, dijo el viceministro Carlos Medina en declaraciones a La W Radio.

Sin embargo, Juan Carlos Esguerra, exministro de Justicia, aseguró que la reclusión de Santrich debe ser en un centro establecido por la norma “lo demás es irregular, una decisión que se fundamenta y se considera de carácter político y no de carácter jurídico”.

El exfuncionario agrega que ese tipo de casos han venido ocurriendo en el país desde hace mucho tiempo cuando personas que están privadas de la libertad son trasladadas a instalaciones fuera del sistema penitenciario.

Un ejemplo de lo dicho por Esguerra son los traslados de Musa Besaile y Sabas Pretelt a instalaciones militares mientras cumplen sus condenas. De hecho el actual ministro de Justicia, Enrique Gil, aseguró a través de su cuenta en Twitter que no es la primera vez que se traslada a un exguerrillero a un centro con “otras condiciones de reclusión. En 2007 el Gobierno ordenó el traslado de Rodrigo Granda de la cárcel Doña Juana en La Dorada a la Conferencia Episcopal”.

A su turno, el abogado Michel Pineda aseguró que en este momento coyuntural se aplican raseros diferentes con motivaciones distintas. “Partiendo de ese punto podría decirse que hay presos de primera y segunda categoría pero hay que ponderar las situaciones específicas de cada proceso”.

Y agregó que “la principal preocupación no sería el intento de fuga sino un atentado que sería un hecho que tendría en vilo el proceso, pero el Inpec sostiene que las condiciones de seguridad están completamente garantizadas. Este es un momento oportuno para hacer una gran reflexión nacional sobre la situación real de los presos en el país, en Colombia la realidad jurídica es que además de la cárcel los reos pagan una pena adicional por el hacinamiento y las condiciones de salubridad”.

Múltiples sectores, entre los que están Álvaro Leyva e Iván Cepeda, han hecho un llamado para que Santrich levante la huelga de hambre, sin embargo, aún es incierto el futuro de la protesta, pese a que la medida de traslado fue tomada como un aliciente para que el exjefe guerrillero reverse su decisión.

Por ahora el Inpec y el Gobierno se echan culpas con respecto al traslado; mientras el Fiscal General de la Nación, Nestor Humberto Martínez, sostiene que no ordenó la medida, el Inpec asegura que se dio con conocimiento del ente acusador.

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