HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Negada demanda contra el Ministro del Interior

El consejo de estado se abstuvo de decretar la ´muerte´ política del ministro del Interior Guillermo Rivera, por no haberse posesionado de su curul de Senador.

El Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura que se había interpuesto contra el ministro del Interior, Guillermo Rivera, por haberse negado a ocupar una curul en el Senado de la República.

 

Según el abogado Saúl Villar Jiménez, Rivera incumplió la ley al renunciar a la curul, mediante un procedimiento aparentemente irregular, por lo que debería devolver el dinero correspondiente a la reposición de votos que se le consignó tras haber obtenido más de 41 mil votos, ocupando el puesto 19 en la lista del Partido Liberal. De la misma manera,  se afirmó que el hoy funcionario del gobierno Santos habría incurrido en fraude al elector.

En las votaciones legislativas en las que se eligieron congresistas para el periodo 2014 – 2018 el Partido Liberal concretó las aspiraciones de 17 candidatos, sin embargo, Eugenio Enrique Prieto Soto renunció a los pocos meses de posesionarse para lanzar su candidatura a la Alcaldía de Medellín, la cual no prosperó.

Ante su salida, la curul fue ocupada por el político tolimense Guillermo Antonio Santos Marín, quien ocupó la décimo octava votación más alta entre los liberales.

Luego, en enero de 2018 renunció la exfiscal Viviane Morales al Congreso y al Partido Liberal, para lanzar su candidatura presidencial como independiente, la misma que tampoco llegó a las urnas. La suma de estos hechos hizo que el décimo noveno aspirante del partido sería llamado al Senado, es decir, le correspondía llegar al legislativo a Guillermo Rivera.

Ante esta determinación Rivera le comunicó al Senado que renunciaba a la curul para continuar su labor como jefe de la cartera política en la Rama Ejecutiva. El funcionario también explicó que su decisión la había comunicado formalmente desde el 6 de junio de 2017, cuando fue llamado a reemplazar a la senadora Sofía Gaviria, quien había tomado una licencia de maternidad.

Sin embargo, el demandante consideraba que el ministro violó el artículo 183 de la Constitución política al no posesionarse como senador. “…el hecho de estar desempeñando el cargo de Ministro del Interior no es una causal de fuerza mayor válida para no asumir la responsabilidad que le delegó  41.661 personas en las urnas el pasado 9 de marzo de 2014. Con su declinación de asumir el cargo… el doctor Rivera Flórez cometiendo fraude a su electorado”, explicó Villar al argumentar su acción ante los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Sin embargo, el representante de la Procuraduría General de la Nación, consideró infundados los argumentos de Villar, puesto que Rivera Flórez debía tener un tratamiento diferente con respecto a la interpretación de la ley, puesto que no fue un candidato elegido como tal, por lo que al ver frustrada su aspiración en el legislativo decidió continuar su carrera política en el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos.

En un sentido similar falló el Consejo de Estado, el cual además encontró que el ministro informó oportunamente al Congreso que renunciaba al cargo, por lo que determinó negar las pretensiones de la demanda de pérdida de investidura.

BOGOTÁ COLPRENSA

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