HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Empresas y conductores conciliaron fechas de pago para la Seguridad Social

En el mes de junio las empresas deben realizarles pagos a los trabajadores de las primas de servicios y el auxilio de transporte.

A pesar que ayer se levantó el paro, el movimiento de pasajeros según los conductores no fue el ideal, debido a que muchos ciudadanos pensaban que aún seguía el cese de actividades, por lo tanto, esperan que se normalice el día de hoy.

 

Las empresas del transporte público colectivo de Santa Marta y las organizaciones sindicales Untt y Sintrapomar en representación de los conductores conciliaron después de dos días de paro a través de la intervención del Ministerio de Trabajo, de Transporte y la Secretaría de Movilidad Distrital.

Ernesto Castro, Secretario de Movilidad, manifestó que “participamos activamente en la mesa que se desarrolló en las oficinas del Ministerio de Trabajo junto con la doctora María del Socorro Charris, donde establecimos la línea para que se dieran acuerdos en el marco del cumplimiento del laudo arbitral que ganaron los sindicatos de conductores. Con la mesa y la vocería de las autoridades logramos que llegaran acuerdos entre las partes y de esa manera se levantara el paro. La participación más importante de las autoridades fue lograr llevar a las partes a un punto medio entre los distanciamientos que tenían dejando claro la línea de lo que se debía tener en Santa Marta en cuanto al transporte público colectivo”.

LOS ACUERDOS

En un total de 10 puntos se comprometieron las empresas y organizaciones sindicales de conductores ante el Ministerio  de Trabajo: Las empresas Rodamar, Rodatur, Transporte Bastidas y Cootrasmag, reconocerán a los trabajadores beneficiarios del laudo arbitral conforme con el listado entregado por las organizaciones de las empresas lo correspondiente a cuatro días de vacaciones allí establecidas. Los pagos se efectuaran en efectivo a partir del viernes 25 de mayo de 2018 en las instalaciones de las empresas.

Asimismo, las empresas procederán con los recaudos de las cuotas sindicales para lo cual las organizaciones sindicales se obligan a efectuar el acompañamiento para efectivizar dicho proceso.

De igual forma, las empresas procederán al reconocimiento de las becas establecidas en el laudo arbitral conforme con las condiciones allí establecidas para ellos las organizaciones se comprometen a facilitar y articular la selección de los representantes para la constitución del comité de becas y prestamos, de tal manera que se viabilice el proceso.

Por otro lado, las empresas se obligan a la adecuación de todos y cada uno de los despachos conforme con las condiciones que defina la Dirección Territorial del Magdalena del Ministerio de Trabajo, adecuaciones que deben iniciar a partir de la fecha de recibo de los requerimientos y de los cuales se efectuara el seguimiento por parte la autoridad del trabajo.

En cuanto al tema de los salarios se realizará el acompañamiento de las organizaciones del Ministerio de Trabajo a través de la Dirección Territorial del Magdalena y de Secretaria de Movilidad Distrital, donde las empresas se comprometieron a revisar con prontitud y seriedad la estructuración del modelo de negocio en el marco de la implementación del Sistema Estratégico de Transporte Público, Setp, para ello sea viable en los términos que se estableció en el laudo arbitral. Además en cuanto al punto relacionado con el valor descontado de las primas de servicios las empresas se comprometen a cancelar un valor equivalente al excedente de la prima de diciembre de 2017 a los trabajadores con derecho, el pago se efectuara a fecha del 15 de junio de 2018. La prima correspondiente al primer semestre de 2018 y en adelante será reconocida a los conductores sin descuentos algunos, es decir el valor completo de la prestación. Para el efecto atendiendo que en el mes de junio se reconocerá el valor correspondiente a la prima de diciembre de 2017 se establece como plazo para el pago de la prima del primer semestre de 2018 el día 15 de agosto de 2018.

 

EL AUXILIO DE TRANSPORTE

En cuanto al auxilio de transporte, las empresas se obligan a reconocer a los trabajadores con derechos los valores correspondientes a tal concepto, conforme con el valor estipulado legalmente a partir del mes de junio de 2018 y en adelante.

En lo que concierne para lo corrido de la vigencia de 2018, es decir, los meses de enero a mayo el pago de tales valores será diferido a 10 cuotas que se reconocerán a partir del mes de junio de 2018.

Asimismo, las empresas se comprometen a no ejercitar actos atentorios contra el derecho de asociación sindical y deben desarrollar actividades pedagógicas en aras de consecución de buenas prácticas de buen servicio.

El incumplimiento de lo acordado en la mesa acarreará sanciones administrativas tanto del Ministerio de Trabajo como de la Secretaria de Movilidad y el Ministerio de Transporte

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